Ley N° 6984/2022 · Estatus Definitivo

Residencia Permanente
en Paraguay

El estatus migratorio definitivo: sin renovaciones, sin vencimiento, y el paso previo a la ciudadanía paraguaya. Te asesoramos sobre las 5 vías de acceso vigentes para 2026.

♾️ Sin vencimiento 🔀 5 vías de acceso 🇵🇾 Camino a la ciudadanía 🌎 Régimen MERCOSUR
Gs. 2.787.550
Arancel general 2026Incluido cambio de categoría · Decreto N° 4122/2025
3
Años para la ciudadaníaNaturalización tras 3 años de residencia legal
5
Vías de acceso vigentesSegún tu situación: temporal previa, inversión, familia o MERCOSUR
Gs. 2.230.040
Arancel MERCOSURTarifa diferenciada para ciudadanos del bloque

Marco Legal · Ley 6984/2022

El estatus migratorio definitivo

La Residencia Permanente es la categoría migratoria definitiva otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones, sin necesidad de renovaciones periódicas. Es el estatus que habilita, tras cumplir el período de residencia legal correspondiente, a solicitar la naturalización y la ciudadanía paraguaya.

♾️
Estatus definitivo

Sin vencimiento ni renovaciones

A diferencia de la Residencia Temporal, la Permanente no requiere trámites de renovación periódica una vez otorgada, salvo la actualización del carnet de residente cuando corresponda.

🇵🇾
Camino a la ciudadanía

Naturalización en 3 años

Con 3 años de residencia legal en el país (computados habitualmente desde la Permanente), es posible solicitar la naturalización y obtener la ciudadanía y pasaporte paraguayo, sin renunciar a la nacionalidad de origen.

🌎
Beneficio regional

Pasaporte MERCOSUR

La ciudadanía paraguaya, alcanzable tras la Residencia Permanente, incluye un pasaporte con libre circulación en los países del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Uruguay y asociados).

Según Migraciones.gov.py

5 vías oficiales hacia la Residencia Permanente

La Dirección Nacional de Migraciones reconoce 5 categorías para acceder a la Residencia Permanente. Te ayudamos a identificar cuál corresponde a tu situación.

01

Cambio de Categoría

La vía más habitual: tras completar tu período de Residencia Temporal, podés solicitar el cambio de categoría a Residente Permanente. Arancel: Gs. 2.787.550 (incluye el cambio de categoría).

02

Inversionistas Extranjeros (SUACE)

Para inversionistas calificados, incluyendo el Paraguay Investor Pass 2026 (Resolución MIC N° 283/2026): acceso directo a la Permanente sin pasar por la Temporal, verificado a través del Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE).

03

Hijos y Cónyuges de Paraguayos

Vía específica para familiares directos (hijos o cónyuges) de ciudadanos paraguayos, con requisitos documentales propios ante la Dirección Nacional de Migraciones.

04

Familiares de Repatriados

Para familiares extranjeros de connacionales paraguayos repatriados, en coordinación con la Secretaría de Desarrollo para Repatriados y Refugiados Connacionales.

05

Régimen MERCOSUR

Para ciudadanos de Argentina, Brasil, Uruguay, Bolivia, Chile, Perú, Colombia y Ecuador con Residencia Temporal MERCOSUR vigente. Arancel diferenciado: Gs. 2.230.040.

¿No sabés cuál te corresponde?

💬 Te ayudamos a elegir

Costos Oficiales 2026

Aranceles vigentes de Migraciones

Vigentes desde el 01/07/2025 según el Decreto N° 4122/2025 y la Resolución DNM N° 513/2025, conforme al Art. 100 de la Ley N° 6984/2022. No incluyen honorarios de gestoría.

Gs. 2.787.550
Residencia Permanente — incluido cambio de categoría (25 jornales, efectivo)
Gs. 2.864.208
Residencia Permanente — pago con POS Bancard
Gs. 2.230.040
Residencia Permanente — Régimen MERCOSUR

Fuente: migraciones.gov.py — Aranceles Migratorios, Decreto N° 4122/2025 y Resolución DNM N° 513/2025.

Cómo trabajamos

Tu Residencia Permanente en 5 pasos

El camino más común es el cambio de categoría tras la Residencia Temporal. Así te acompañamos en cada etapa.

1

Verificación de elegibilidad

Confirmamos cuál de las 5 vías corresponde a tu caso (cambio de categoría, inversión, familia o MERCOSUR).

2

Documentación actualizada

Reunimos certificados de antecedentes, constancias y documentación complementaria vigente.

3

Solicitud de cambio de categoría

Presentamos la solicitud ante la Dirección Nacional de Migraciones, abonando el arancel correspondiente.

4

Resolución y carnet

Una vez aprobada, recibís el Carnet de Residencia Permanente, sin fecha de renovación periódica.

5

Hacia la ciudadanía

Te asesoramos sobre el camino hacia la naturalización paraguaya tras completar los 3 años de residencia legal.

Preguntas frecuentes

Lo que necesitás saber

La Residencia Temporal es un estatus por plazo determinado (2 años bajo MERCOSUR, o el plazo que fije la DNM en el régimen general) y es requisito previo a la Permanente. La Residencia Permanente es el estatus definitivo, sin necesidad de renovaciones periódicas, y habilita el cómputo hacia la naturalización.
La más habitual es el cambio de categoría: tras completar tu Residencia Temporal, solicitás directamente el cambio a Residente Permanente ante la Dirección Nacional de Migraciones, abonando el arancel de Gs. 2.787.550 (que incluye el cambio de categoría).
Sí, en casos específicos: inversionistas calificados bajo el régimen SUACE (incluyendo el Paraguay Investor Pass 2026), familiares directos de paraguayos, o familiares de connacionales repatriados pueden acceder a vías directas a la Permanente, según lo establecido por la Dirección Nacional de Migraciones.
El arancel oficial vigente desde el 01/07/2025 es de Gs. 2.787.550 en efectivo (Gs. 2.864.208 con POS Bancard), incluyendo el cambio de categoría, según Decreto N° 4122/2025 y Resolución DNM N° 513/2025. Para el régimen MERCOSUR, el arancel es de Gs. 2.230.040. Estos valores son oficiales y no incluyen honorarios de gestoría.
No directamente. La Residencia Permanente es un estatus migratorio, no la nacionalidad. Para obtener la ciudadanía paraguaya por naturalización se requieren 3 años de residencia legal, además de los demás requisitos del régimen general, conforme a la Constitución Nacional.
Si tenés Residencia Temporal MERCOSUR vigente, podés solicitar la Residencia Permanente bajo el régimen MERCOSUR, con un arancel diferenciado de Gs. 2.230.040. Es importante solicitarla antes de que venza tu Residencia Temporal MERCOSUR (no prorrogable), o deberás recurrir al régimen general de la Ley 6984/22.