Ley 74/2025 (Decreto Tajani) · Vigente desde marzo 2025

Ciudadanía Italiana
por descendencia — guía 2026

En marzo de 2025, Italia reformó radicalmente el ius sanguinis. La transmisión "sin límite de generaciones" quedó atrás. Te explicamos con claridad si tu vínculo familiar todavía califica bajo la nueva ley, y qué opciones existen si no.

👪 Límite: padre o abuelo/a ⚠️ Bisabuelos: ya no califican 📅 Corte: 27/03/2025 ⚖️ Vía judicial posible
27/03/2025
Fecha de corte (23:59 Roma)Solicitudes completas presentadas antes: régimen anterior
2
Generaciones máximoPadre/madre o abuelo/a — antes: ilimitado desde 1861
~90%
Estimación de impacto en BrasilDescendientes que quedarían fuera, según especialistas
Reconocidos antes no se revocanQuienes ya tienen la ciudadanía reconocida la conservan

Lo que cambió en 2025

De "sin límite desde 1861" a "padre o abuelo"

Durante más de un siglo, la ley italiana no imponía límite generacional al ius sanguinis: bastaba demostrar un antepasado italiano vivo en 1861 (año de la unificación de Italia) y una cadena ininterrumpida de transmisión. El Decreto-Ley N° 36/2025, convertido en Ley N° 74/2025, cambió esto de forma sustancial a partir del 28 de marzo de 2025.

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Régimen anterior (hasta 27/03/2025)

Cualquier descendiente con un antepasado italiano vivo en 1861 y una línea ininterrumpida de transmisión podía solicitar la ciudadanía — incluso a través de bisabuelos, tatarabuelos o generaciones anteriores, sin límite teórico.

⚖️

Régimen actual (desde 28/03/2025)

Los descendientes nacidos en el extranjero (y que poseen otra nacionalidad) solo tienen derecho a la ciudadanía italiana si tienen al menos un padre/madre o abuelo/a nacido/a en Italia, que haya poseído EXCLUSIVAMENTE la ciudadanía italiana al momento del nacimiento del siguiente eslabón (Art. 3-bis, Ley 91/1992, modificado por Ley 74/2025).

Fecha de corte: 27 de marzo de 2025, 23:59 hora de Roma

Las nuevas restricciones aplican independientemente de la fecha de nacimiento del solicitante. Solo se tramitan bajo las reglas anteriores las solicitudes documentadas y presentadas en su totalidad ante consulado, municipio o tribunal italiano antes de esa fecha límite. Quienes ya tenían la ciudadanía reconocida (por tribunal, municipio o consulado) NO la pierden.

Lo más importante

¿Todavía calificás bajo la Ley 74/2025?

Te lo explicamos con honestidad, según tu vínculo familiar con Italia:

Probablemente SÍ

Tu padre o madre nació en Italia

Si tu padre o madre nació en Italia y poseía exclusivamente la ciudadanía italiana al momento de tu nacimiento (no se había naturalizado en otro país antes), tu vínculo entra dentro del límite de "padre/madre" que permite la nueva ley.

🟡
SÍ, con condiciones

Tu abuelo/a nació en Italia

Calificás si tu abuelo/a nació en Italia y poseía EXCLUSIVAMENTE la ciudadanía italiana al momento del nacimiento de tu padre/madre, Y tu padre/madre no se naturalizó en otro país antes de tu nacimiento. Ambas condiciones deben cumplirse — es el caso más frecuente que requiere análisis documental detallado.

⚠️
Probablemente NO (vía directa)

Tu vínculo es a través de un bisabuelo/a

Si tu único ascendiente italiano es un bisabuelo/a (o generación anterior), la vía administrativa directa ya no está disponible bajo la Ley 74/2025 — salvo que tu solicitud completa ya estuviera presentada antes del 27/03/2025, o que explores la vía judicial (sección siguiente).

Si tu vínculo es más lejano

La vía judicial: una opción, no una garantía

Para quienes descienden de bisabuelos italianos (o generaciones anteriores), algunos despachos especializados exploran reclamos ante tribunales italianos. Es importante entender los límites reales de esta vía antes de iniciar un proceso.

⚖️

Sujeta a los mismos límites

Cualquier reclamo judicial de ciudadanía por descendencia queda igualmente sujeto a los nuevos límites generacionales (padre/abuelo) y al requisito de ciudadanía exclusiva del ascendiente transmisor introducidos por la Ley 74/2025. No es un "atajo" que evite la nueva ley.

Proceso largo e incierto

Los procesos judiciales de ciudadanía en tribunales italianos pueden tardar años, tienen costos legales significativos y su resultado no está garantizado — especialmente bajo el nuevo marco legal, que aún genera controversia y cuestionamientos de constitucionalidad por parte de juristas y legisladores italianos.

📌

Nuestra recomendación

Si tu vínculo es a través de un bisabuelo/a, te orientamos sobre las opciones reales disponibles, incluyendo la derivación a despachos especializados en litigios de ciudadanía italiana, sin generar expectativas que la ley actual no respalda.

Si calificás dentro de los nuevos límites

Documentación y proceso

1

Análisis de elegibilidad

Revisamos tu vínculo (padre/madre o abuelo/a) y verificamos si el ascendiente transmisor poseía exclusivamente la ciudadanía italiana en el momento clave.

2

Cadena de certificados

Reunimos certificados de nacimiento, matrimonio y, de corresponder, defunción, de cada eslabón de la cadena familiar relevante.

3

Verificación de no naturalización

Obtenemos certificados negativos de naturalización del ascendiente transmisor, clave bajo el nuevo requisito de "ciudadanía exclusiva".

4

Apostilla y traducción

Apostillamos y traducimos todos los documentos al italiano, conforme a los requisitos consulares.

5

Presentación

Presentamos el expediente ante el consulado italiano correspondiente, o coordinamos la derivación a la vía judicial si aplica.

Preguntas frecuentes

Lo que necesitás saber

Antes, bastaba un antepasado italiano vivo en 1861 y una cadena ininterrumpida, sin límite de generaciones (podía ser un bisabuelo o tatarabuelo). Desde el 28 de marzo de 2025 (Ley 74/2025), el vínculo se limita a un padre/madre o abuelo/a que haya poseído exclusivamente la ciudadanía italiana al momento del nacimiento del siguiente eslabón.
Significa que tu abuelo/a no se había naturalizado en otro país (por ejemplo, Argentina, Brasil o Paraguay) antes del nacimiento de tu padre/madre. Esto se verifica mediante certificados negativos de naturalización en los archivos del país receptor. Es uno de los puntos centrales que analizamos en la evaluación de tu caso.
Bajo la Ley 74/2025, la vía administrativa directa ante consulados ya no está disponible para vínculos a través de bisabuelos o generaciones anteriores, salvo que tu solicitud completa ya hubiera sido presentada antes del 27/03/2025 (23:59 hora de Roma). La vía judicial es una posibilidad, pero está sujeta a los mismos límites y es un proceso largo e incierto.
No. Las personas que ya hayan sido reconocidas como ciudadanos italianos por un tribunal, municipio o consulado antes de la reforma mantienen su ciudadanía — no se revoca retroactivamente.
Sí. Italia permite la doble nacionalidad, y Paraguay también la permite con países que mantienen convenios o no exigen renuncia expresa. En la práctica, quienes obtienen la ciudadanía italiana mantienen su nacionalidad paraguaya.
Generalmente: certificados de nacimiento y matrimonio de cada eslabón de la cadena (vos, tu padre/madre, tu abuelo/a si aplica), certificado de nacimiento del ascendiente italiano, certificados negativos de naturalización, todos apostillados y traducidos al italiano por traductor habilitado.