Ley 74/2025 (Decreto Tajani) · Vigente desde marzo 2025
En marzo de 2025, Italia reformó radicalmente el ius sanguinis. La transmisión "sin límite de generaciones" quedó atrás. Te explicamos con claridad si tu vínculo familiar todavía califica bajo la nueva ley, y qué opciones existen si no.
Lo que cambió en 2025
Durante más de un siglo, la ley italiana no imponía límite generacional al ius sanguinis: bastaba demostrar un antepasado italiano vivo en 1861 (año de la unificación de Italia) y una cadena ininterrumpida de transmisión. El Decreto-Ley N° 36/2025, convertido en Ley N° 74/2025, cambió esto de forma sustancial a partir del 28 de marzo de 2025.
Cualquier descendiente con un antepasado italiano vivo en 1861 y una línea ininterrumpida de transmisión podía solicitar la ciudadanía — incluso a través de bisabuelos, tatarabuelos o generaciones anteriores, sin límite teórico.
Los descendientes nacidos en el extranjero (y que poseen otra nacionalidad) solo tienen derecho a la ciudadanía italiana si tienen al menos un padre/madre o abuelo/a nacido/a en Italia, que haya poseído EXCLUSIVAMENTE la ciudadanía italiana al momento del nacimiento del siguiente eslabón (Art. 3-bis, Ley 91/1992, modificado por Ley 74/2025).
Las nuevas restricciones aplican independientemente de la fecha de nacimiento del solicitante. Solo se tramitan bajo las reglas anteriores las solicitudes documentadas y presentadas en su totalidad ante consulado, municipio o tribunal italiano antes de esa fecha límite. Quienes ya tenían la ciudadanía reconocida (por tribunal, municipio o consulado) NO la pierden.
Lo más importante
Te lo explicamos con honestidad, según tu vínculo familiar con Italia:
Si tu padre o madre nació en Italia y poseía exclusivamente la ciudadanía italiana al momento de tu nacimiento (no se había naturalizado en otro país antes), tu vínculo entra dentro del límite de "padre/madre" que permite la nueva ley.
Calificás si tu abuelo/a nació en Italia y poseía EXCLUSIVAMENTE la ciudadanía italiana al momento del nacimiento de tu padre/madre, Y tu padre/madre no se naturalizó en otro país antes de tu nacimiento. Ambas condiciones deben cumplirse — es el caso más frecuente que requiere análisis documental detallado.
Si tu único ascendiente italiano es un bisabuelo/a (o generación anterior), la vía administrativa directa ya no está disponible bajo la Ley 74/2025 — salvo que tu solicitud completa ya estuviera presentada antes del 27/03/2025, o que explores la vía judicial (sección siguiente).
Si tu vínculo es más lejano
Para quienes descienden de bisabuelos italianos (o generaciones anteriores), algunos despachos especializados exploran reclamos ante tribunales italianos. Es importante entender los límites reales de esta vía antes de iniciar un proceso.
Cualquier reclamo judicial de ciudadanía por descendencia queda igualmente sujeto a los nuevos límites generacionales (padre/abuelo) y al requisito de ciudadanía exclusiva del ascendiente transmisor introducidos por la Ley 74/2025. No es un "atajo" que evite la nueva ley.
Los procesos judiciales de ciudadanía en tribunales italianos pueden tardar años, tienen costos legales significativos y su resultado no está garantizado — especialmente bajo el nuevo marco legal, que aún genera controversia y cuestionamientos de constitucionalidad por parte de juristas y legisladores italianos.
Si tu vínculo es a través de un bisabuelo/a, te orientamos sobre las opciones reales disponibles, incluyendo la derivación a despachos especializados en litigios de ciudadanía italiana, sin generar expectativas que la ley actual no respalda.
Si calificás dentro de los nuevos límites
Revisamos tu vínculo (padre/madre o abuelo/a) y verificamos si el ascendiente transmisor poseía exclusivamente la ciudadanía italiana en el momento clave.
Reunimos certificados de nacimiento, matrimonio y, de corresponder, defunción, de cada eslabón de la cadena familiar relevante.
Obtenemos certificados negativos de naturalización del ascendiente transmisor, clave bajo el nuevo requisito de "ciudadanía exclusiva".
Apostillamos y traducimos todos los documentos al italiano, conforme a los requisitos consulares.
Presentamos el expediente ante el consulado italiano correspondiente, o coordinamos la derivación a la vía judicial si aplica.
Preguntas frecuentes